Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1636/2005-R
Fecha: 15-Dic-2005
II.5.
II.5. El Concejo Municipal de Cochabamba por RM 4179, de 22 de octubre de 2004 (fs. 38 a 40), resolvió declarar improcedente el recurso jerárquico planteado por la recurrente y, en consecuencia, ratificó el memorando 1189 de 9 de junio de 2004 en aplicación del art. 11 de las Disposiciones Transitorias de la LM, que dispone que se encuentra sometida y protegida por la normativa contenida en la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a) La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de forma del amparo y los efectos ante su inobservancia tanto en etapa de admisión, así como en revisión ante este Tribunal
- b) La legitimación pasiva de los entes colegiados
- fue aplicado a los casos en los que se impugnaban Resoluciones u Ordenanzas Municipales, y en los cuales el recurso sólo fue dirigido contra el Presidente y el Secretario del Concejo Municipal.
- III.2. El caso de examen
- APROBAR