SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1641/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1641/2005-R

Fecha: 16-Dic-2005

i)

La recurrente a través de su abogado ratificó los términos de su demanda y los amplió indicando lo siguiente: i) el Hospital Clínico Viedma, es de tercer nivel y por ello su labor deber ser de carácter social; y si bien no puede atender gratuitamente sí tiene recursos suficientes para prestar ayuda a las personas que no los tienen; ii) su hija fue dada de alta hace dieciocho días, pero no puede salir y está como prenda, cuando las personas no pueden ser sometidas a ese estado; iii) en este recurso, no es necesario agotar las vías administrativas, y iv) en principio no visitaban seguido a su hija porque también estaban internados, pero después que fueron dados de alta iban casi todos los días, pero los funcionarios del Hospital los trataban mal, además la visitadora social jamás les informó sobre las formas de pago y rebajas.