Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1648/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.2.
II.2. En el proceso laboral se apersonó señalando que ya no es representante de la entidad demandada, acompañando una carta en ese sentido. Al no haberse admitido por el Juez, lo argüido por el recurrente, éste interpuso recurso de apelación ante el superior en grado (alegato en audiencia de fs. 28 a 29 vta.).