Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1661/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.2.
II.2. Mediante nota de 8 de diciembre de 2004 (fs. 3), la Vocal demandada se excusó de conocer y decidir en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y otra contra Harold Maicol Arias Durán -ahora recurrente- por el delito de asesinato y otros, señalando que en la etapa preparatoria del juicio formuló excusa por mantener una relación de amistad y mutua cooperación con el padre de una de las acusadas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siempre que no hubiere otro medio otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.3.
- APRUEBA