Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1661/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.3.
II.3. Por Auto de 1 de abril de 2005 (fs. 11 a 14) la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba rechazó las excusas de varios vocales y conjueces de la Corte Superior del Distrito Judicial Beni entre las que figura la excusa de la Vocal hoy demandada, disponiendo la devolución de actuados a dicha Corte, a objeto de que el proceso penal referido sea sorteado y resuelto entre los vocales cuya excusa fue rechazada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siempre que no hubiere otro medio otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así:
- III.3.
- APRUEBA