SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1686/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1686/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

III.4.

III.4. Finalmente, en cuanto al memorial presentado ante este Tribunal, por los co-recurridos Erick Cárdenas del Castillo y Olny Gonzáles de Aguilera cursante de fs. 83 a 86, denunciando no haber sido legalmente notificados para la audiencia de amparo, es preciso señalar, que el primero de los nombrados fue citado mediante cédula con la demanda de amparo y el Auto de Admisión, en fecha 19 de mayo del 2005, conforme se evidencia de la diligencia de notificación de fs. 52; extremo que en cierta medida fue admitido por este en el referido memorial, cuando afirma: “…día antes al acto, se echaron las notificaciones en las puertas de los domicilios que nos corresponden (…);  por otra parte, también se constata que la co recurrida Gonzáles, en la misma fecha, fue personalmente citada con los referidos actuados; prueba de ello, es que asistió a la audiencia acompañado de su abogado, por lo que mal podría cuestionar la legalidad de su notificación; en cuyo mérito, no corresponde hacer consideración alguna al respecto.