Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1689/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.3.
II.3. Por Auto de 19 de noviembre de 2004, el Juez recurrido dispuso la cesación de la detención preventiva del recurrente, imponiéndole medidas sustitutivas a la detención entre las que se encuentran la prohibición de acercamiento con los denunciantes o con las niñas afectadas del Colegio y la de concurrir al establecimiento educativo mientras dure la investigación (fs. 19 a 44).