Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1689/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.4.
II.4. Apelada la Resolución que le impone medidas sustitutivas a la detención preventiva (fs. 50), los Vocales de la Sala Penal Primera compuesta por los Vocales correcurridos, confirmó en todas sus partes el Auto apelado con el argumento que el Juez obró correctamente al imponerle dichas medidas (fs. 5 y 6).