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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1694/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1694/2005-R

    Fecha: 19-Dic-2005

    REVOCAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III, 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc.8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve: REVOCAR la Resolución revisada y declarar procedente el recurso de fs. 1 y vta., disponiendo la reparación de daños y perjuicios, que deberán ser calificados por el Tribunal de hábeas corpus.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • improcedente
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • sea igual o superior a dos años
    • REVOCAR

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