Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0111/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
II.4.
II.4. El 1 de diciembre de 2004, el representado dirigió su solicitud al Tribunal Permanente de Justicia Militar, Tribunal que por decreto de 7 de diciembre, dispuso que el recurrente solicite conforme a procedimiento al estar suspendida su competencia por encontrarse el proceso en grado de apelación (fs. 15 y vta.).