SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0131/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0131/2005-R

Fecha: 11-Feb-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes sostienen  que se encuentran indebida e ilegalmente perseguidos y procesados, por cuanto la autoridad recurrida está llevando adelante la investigación iniciada a denuncia de Hernán Tapia Balboa y Juana Mollo de Tapia, por la presunta comisión del delito de estafa, y no obstante de que solicitaron el rechazo de denuncia por estar en trámite un proceso coactivo civil que le sigue uno de ellos contra los denunciantes, la autoridad recurrida sin pronunciarse sobre ese extremo, ha dispuesto su citación para que presten sus declaraciones informativas. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la  CPE.