SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0134/2005-R
Fecha: 11-Feb-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En este recurso el actor arguye que se encuentra indebidamente detenido en el penal de San Pedro de Oruro, debido a un mandamiento de detención preventiva dispuesto por el Juez cautelar recurrido a imputación formal en su contra presentada por el Fiscal igualmente demandado, que dispuso su aprehensión infringiendo los arts. 73 y 226 del CPP, al no haber fundamentado adecuadamente tanto el requerimiento de aprehensión como la imputación formal, quien además no dio aviso oportuno al Juez cautelar sobre el inicio de las investigaciones dado que la denuncia fue sentada el 17 de octubre de 2002 y tal inició recién fue comunicado a la autoridad cautelar, el 13 de noviembre de 2004, aspectos que no fueron advertidos por el Juez cautelar que dispuso su detención preventiva. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.