SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0134/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0134/2005-R

Fecha: 11-Feb-2005

improcedente

La Sentencia 01/2005 cursante de fs. 36 a 38 vta. pronunciada el 8 de enero de 2005, por el Juez Segundo de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Oruro, declaró improcedente el recurso, con el siguiente fundamento: a) el 13 de noviembre de 2004 se comunicó al Juez cautelar el inicio de las investigaciones y que si bien el recurrente arguye que la denuncia hubiera sido realizada en octubre de 2002, no es menos evidente que el art. 289 del CPP no señala  que la  demora en la comunicación del inicio de  las investigaciones deje sin efecto la misma;  b) si bien  el requerimiento de aprehensión no señala el delito de asesinato y robo,  hace alusión al mismo, por consiguiente no es evidente lo aseverado por el recurrente respecto a que no se señaló el tipo penal; c) la imputación Fiscal se encuentra debidamente fundamentada por lo que no es evidente la vulneración de los arts. 73 y 226 del CPP; d) El Juez cautelar realizó el control jurisdiccional desde  la fecha del inicio de las investigaciones y dispuso la detención el recurrente con aquellas facultades, asímismo rechazó las solicitudes de cesación de la detención preventiva en mérito a que el actor no demostró la concurrencia de nuevos elementos que hagan viable su libertad.