SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0146/2005-R

Fecha: 17-Feb-2005

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) no existió violación de los derechos invocados en el recurso ya que el  recurrente  no se encuentra ilegalmente perseguido, procesado o preso, sino como condenado cumpliendo  una pena de treinta años de privación de libertad;  2) el art. 169 de la LEPS, vigente y aplicable para el caso de autos  al momento de la solicitud del beneficio, determina que no procede el extramuro cuando el recurrente ha sido condenado por delitos de violación a menor de edad y asesinato, por cuanto conforme con el art. 228 de la CPE establece la primacía de las normas y leyes de la Constitución no siendo de aplicación en el caso de autos Resoluciones Ministeriales y Reglamentos de menor jerarquía; 3) tanto el Juez como los vocales recurridos no vulneraron la seguridad jurídica ni el derecho a la defensa del recurrente.