Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0170/2005-R
Fecha: 28-Feb-2005
II.5.
II.5. Por memorial de 15 de abril de 2004 (fs. 284 y 285), el recurrente apeló del Auto de aprobación del remate con el argumento de no haberse inscrito el embargo en Derechos Reales, lo que acarrearía la nulidad de la subasta. Posteriormente apeló del Auto que fijó honorarios profesionales (fs. 288).