Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0203/2005-R
Fecha: 09-Mar-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La actora alega que los recurridos, como Directivos de la Cooperativa Artesanal y de Comercialización 31 de Julio Ltda. violaron su derecho al trabajo que le permite tener su sustento diario, al rechazar su ingreso a esa organización a través del ilegal Voto Resolutivo de 2 de julio de 2004, por considerarla enemiga de los intereses de la Cooperativa. En consecuencia corresponde analizar si en la especie se debe otorgar o no la tutela que brinda el recurso de amparo constitucional.