SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0213/2005- R
Fecha: 11-Mar-2005
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
Los Vocales recurridos presentaron informe oral señalando que en las Salas Penales Segunda y Tercera de la Corte Superior, se están tramitando todos los recursos de apelación, tanto del sistema antiguo como del nuevo sistema y que hasta diciembre de 2003 ingresaron a la Sala más de 600 causas. Asimismo expresaron que la Corte Suprema de Justicia mediante circular 01/03, de 24 de enero, instruyó a las Cortes Superiores priorizar el trámite de las causas del sistema antiguo a efectos de su conclusión dentro del término establecido por Ley. Por otro lado mediante nota 348/03, de 18 de junio de 2003, se instruyó una vez más que el sorteo de causas debe hacerse de acuerdo al orden de ingreso de las mismas, sólo excepcionalmente, en trámites como los casos de corte deben resolverse inmediatamente. En ese ínterin mediante Cite of. 35/04, de 10 de febrero de 2004, el Presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en nota dirigida a la Presidencia de la Corte Superior de Cochabamba hizo conocer la instructiva del Vice Ministerio de Justicia en el sentido de que se prioricen los procesos penales donde el Estado es parte y se dicten sentencias antes del 31 de mayo de 2004. Cumpliendo estas instructivas, se trató de despachar todos los trámites presentados realizando esfuerzos sobrehumanos. Finalmente afirmaron que existen más de 300 causas pendientes de resolución, que fueron presentadas con anterioridad a la del recurrente, quien si bien presentó varios memoriales, en ninguno de ellos pidió o reclamó la resolución de su caso, pidiendo por estas razones declarar la improcedencial del recurso.