SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0213/2005- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0213/2005- R

Fecha: 11-Mar-2005

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Cochabamba declaró improcedente el recurso en base a los siguientes fundamentos: a) la Resolución que dispuso la ratificación de la incautación del bus cuya devolución se reclama, fue recurrida de apelación incidental por el recurrente, trámite que se encuentra pendiente de resolución en la Sala Penal Tercera de la Corte Superior, motivando la improcedencia del recurso; b) en observancia del art. 119 inc. a) de la L1008 sobre el régimen de sustancias controladas, a tiempo del pronunciamiento de la sentencia el Juez de la causa decidirá sobre la situación de los bienes incautados tanto a procesados como a terceros, mandato que coincide con lo establecido en el art. 360.3 del Código de procedimiento penal (CPP).