Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2005-R
Fecha: 10-Mar-2005
II.4.
II.4. Corresponde aclarar que en el presente caso se realizó una primera audiencia de hábeas corpus en la que se dictó la Resolución referida en el punto anterior, habiendo este Tribunal, mediante SC 1918/2004-R, de 13 de diciembre, dispuesto anulación de obrados hasta la legal citación de los recurridos (fs. 16 a 20).