SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2005-R

Fecha: 10-Mar-2005

procedente

Concluida la audiencia, la Jueza de hábeas corpus pronunció Resolución declarando procedente el recurso respecto de la autoridad policial recurrida, ordenando la inmediata libertad del actor; e improcedente en cuanto al Fiscal co- recurrido. Como fundamentos señala: 1) es raro que el Jefe de la Policía no haya tenido conocimiento de la existencia del detenido, puesto que conforme al art. 11 de la CPE tiene la obligación de copiar en su registro el mandamiento correspondiente; 2) el Fiscal demandado jamás tuvo conocimiento del caso y tampoco fue informado.

Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que la Jueza de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso, únicamente respecto de la autoridad policial, no ha efectuado una adecuada compulsa del mismo ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.