SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0218/2005-R

Fecha: 15-Mar-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente arguye que no obstante que el memorial de denuncia contra su persona por el delito de estafa se presentó después de 5 años del supuesto ilícito, incumpliendo lo previsto por el art. 29.2 del CPP, los vocales demandados revocaron el Auto Interlocutorio del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y dispusieron el rechazo de la excepción de prescripción que opuso, debiendo continuarse el proceso conforme a procedimiento, con el ilegal e indebido fundamento de que la posible comisión del delito no se produjo a tiempo de la entrega de fondos sino posteriormente hasta el año 2000 en que declaró haber pagado intereses, con lo cual se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso. Corresponde analizar, en revisión, si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.