Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2005-R
Fecha: 15-Mar-2005
II.2.
II.2. El 28 de junio de 2004, el recurrido mediante memorando MEMO S.G. 010/2004, suspendió sin goce de haberes al recurrente, por el tiempo que dure las investigaciones sobre la perdida de bienes en la maestranza (fs. 1); en razón a ello el 28 de junio, el recurrente mediante nota alegó no tener nada que ver con los hechos denunciados, por lo que pidió la reconsideración de la suspensión y su reincorporación al trabajo (fs. 24).