SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0223/2005-R
Fecha: 15-Mar-2005
procedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo declaró procedente el recurso, disponiendo lo siguiente: a) la inmediata restitución del recurrente a su fuente de trabajo; b) el pago del salario que le corresponde desde su suspensión; y c) pago de daños y perjuicios; con los fundamentos siguientes: a) la jurisprudencia contenida en la SC 1068/2004-R, estableció que la sanción administrativa o penal se impone previo proceso administrativo o penal; y al recurrente se lo sancionó con la suspensión de sus funciones sin previo proceso; b) respecto a la resolución del contrato, esta decisión surte sus efectos recién desde la notificación, lo que no fue cumplido; además el recurso fue planteado contra la suspensión, no contra la resolución del contrato, por lo que no es aplicable el principio de subsidiaridad.