SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0250/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0250/2005-R

Fecha: 21-Mar-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes afirman que se vulneró su derecho al sufragio, al señalar que el Directorio Ejecutivo y el Comité Electoral del Colegio de Abogados, dispusieron la prohibición de que los colegiados que no tengan canceladas sus cuotas puedan sufragar; y porque además se violó el Estatuto y Reglamento, no se respetaron las decisiones de la Asamblea, algunos de los miembros del Comité adeudan sus aportes, uno de sus miembros firmó la convocatoria sin cumplir los requisitos exigidos, no se depuraron las listas con la debida anticipación, ni se publicó la lista de candidatos habilitados y se cambiaron los colores de las papeletas y nombres de los candidatos para favorecer al frente oficialista. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.