Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0274/2005-R
Fecha: 30-Mar-2005
II.4.
II.4. La recurrente mediante los memoriales de 9 y 16 de agosto de 2004, de fs 34 y 35, respectivamente, haciendo notar al Juez la existencia de tres Autos de Vista contradictorios que no podían ser ejecutados, le pidió busque el mecanismo para resolver el conflicto jurídico. El juez recurrido por decretos de 11 y 17 de agosto de 2004, de fs 34 vta. y 35 vta., respectivamente, dispuso que se esté al decreto de 10 de agosto del mismo año (que ordenaba el cumplimiento del Auto de Vista de 17 de julio de 2004).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- Auto de 25 de octubre de 2002,
- Auto de 16 de enero de 2003
- Auto de Vista de 2 de julio de 2003
- II.2.
- Auto de Vista de 17 de julio de 2004,
- II.3.
- Auto de Vista de 11 de noviembre de 2003
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ,
- III.2.
- tiene por
- in límine
- APRUEBA