AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2005-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2005-CDP

Fecha: 12-Abr-2005

I.1.

I.1.    Mediante SC 1036/00-R, de 10 de noviembre de 2000 (fs. 192 a 197), el Tribunal Constitucional aprobó en parte la Resolución de 29 de septiembre de 2000, cursante de fs. 176 a 177, pronunciada por el Tribunal que resolvió el amparo citado precedentemente, y lo declaró improcedente sólo a favor de Roberto Fernández Saucedo. La Resolución revisada en esa ocasión, dispuso que en ejecución se sentencia, se califique los daños y perjuicios ocasionados con el acto ilegal que dio lugar a la procedencia del amparo, consistente en la emisión de la Resolución DP-02/2000, de Cancelación de Licencia de Funcionamiento y Clausura, que en los hechos significó la clausura del centro comercial de propiedad  de Luis Álvarez Cuellar.