SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0293/2005-R

Fecha: 05-Abr-2005

III.3.

III.3.  En el caso planteado, el actor denuncia  que ante los  problemas que se suscitaron en la Unidad Educativa a su cargo con la Junta Escolar,  padres de familia y docentes, el Director Distrital de Educación de Sacaba no cumplió con sus específicas funciones al no haber dado solución al conflicto. Sin embargo, el recurrente  no ha demostrado haber formulado reclamo contra los actos ilegales denunciados y menos, haber agotado los recursos e instancias establecidos en el mencionado DS 23951; por lo que, es de obligatoria aplicación el principio de subsidiaridad que caracteriza al amparo, por cuanto este recurso extraordinario no es sustitutivo de ningún medio o recurso ordinario reconocido por Ley. Así ha declarado la jurisprudencia constitucional desarrollada en las SSCC 1638/2003-R, 1588/2003-R, 1095/2003-R, 959/2003-R y 893/2003-R, entre otras.