Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0305/2005-R
Fecha: 05-Abr-2005
II.3.
II.3. Por decreto de 8 de junio de 2004, la Jueza recurrida declaró no haber lugar a lo impetrado por el recurrente, fundándose en que la Ley 2683 de 12 de mayo de 2004 dispuso la ampliación de los plazos procesales para la conclusión de los procesos penales en liquidación (fs. 31). No consta que el actor haya planteado algún recurso contra esta decisión.