SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0315/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0315/2005-R

Fecha: 07-Abr-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El 3 de agosto de 1999 el Ministerio de Educación Cultura y Deportes y la Universidad Mayor de San Andrés, firmaron un contrato de servicio para la administración institucional y Académica del Instituto Normal Superior “Simón Bolívar, contrato que tendría una vigencia de cuatro años, el 4 de agosto de 2003, ambas partes firman un adendum al anterior contrato y el 22 de enero de 2004 un contrato modificatorio de servicios de administración institucional y académica, por estos dos últimos documentos la administración del Instituto se amplía hasta el 31 de diciembre de 2004. En dichos contratos se establecen la duración, retribución, forma y moneda de pago, obligaciones de las partes, resolución y otros puntos concernientes a la administración, pero en ninguna de sus cláusulas se trata del personal administrativo que se encontraba trabajando en las dependencias del Instituto Normal Superior Simón Bolívar, por lo que la Universidad Mayor de San Andrés asimiló al personal administrativo que dependía de la administración del Ministerio de Educación Cultura y Deportes, personal en el que se encontraban sus personas, como se acredita de los memoriales de ratificación que adjuntan.

Señalan que en un acto de ilegalidad, la Administración del Instituto Normal Superior Simón Bolívar, a cargo de la Universidad Mayor de San Andrés, considerándolas como empleadas dentro de un marco legal regido por la Ley General del Trabajo en los meses de mayo y septiembre de 2003 les entregaron preavisos, para luego recibir a finales de febrero y principios de marzo de 2004, los correspondientes memorandos de despido que fueron elaborados en diciembre de 2003, hecho totalmente ilegal, puesto que sus personas no firmaron un contrato de trabajo, a plazo fijo u otro que las pudiera hacer dependientes de un régimen laboral determinado por la Ley General del Trabajo, es decir que la administración UMSA-INSSB las dejó sin su fuente de trabajo, siendo que algunas de ellas tienen una antigüedad de mas de 18 años en el Instituto Normal Superior Simón Bolívar.

Manifiestan que el 3 de marzo de 2004, solicitaron se deje sin efecto las notas de preavisos, apelando al recurso de reposición o revocatoria, recurso que no mereció respuesta alguna por parte de las autoridades de la administración UMSA-INSSB, por lo que mediante memorial de 19 de marzo de 2004, presentaron recurso jerárquico ante el cual se dictó la Resolución de 6 de abril de 2004 emitida por la Superintendencia del Servicio Civil, a través de la cual se rechazó el recurso jerárquico interpuesto. Indican también que durante el tiempo transcurrido recurrieron a diferentes instancias para hacer valer sus derechos, es así que enviaron cartas al Viceministro de Educación Escolarizada y Primaria, al Defensor del Pueblo y al Presidente de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos las tres fechadas con 1 de marzo de 2004, y al Ministro de Educación, Cultura y Deportes el 8 de marzo de 2004, además de ello antes de interponer el recurso de amparo enviaron dos memoriales, el primero dirigido al Rector de la Universidad Mayor de San Andrés el 3 de junio de 2004 solicitando reincorporación a sus fuentes de trabajo, solicitud que fue respondida con una carta evasiva el 7 de junio de 2004 y el segundo dirigido al Director de la Normal Superior Simón Bolívar de 14 de julio de 2004, el cual fue respondido el 20 de julio de 2004, rechazando una vez más su solicitud. Por lo que al haber agotado todos los recursos para hacer valer sus derechos, incluso del recurso jerárquico, interponen el presente amparo.