Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0315/2005-R
Fecha: 07-Abr-2005
II.3.
II.3. El 1 de marzo de 2004, las recurrentes enviaron notas al Defensor del Pueblo y al Presidente de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos solicitando interpongan sus buenos oficios a objeto de lograr su reincorporación en el INSSB (fs. 51 y 54); enviando también nota en la misma fecha el Viceministro de Educación Escolarizada y Primaria y en fecha 9 de marzo de 2004 nota al Ministro de Educación y Cultura solicitando su reincorporación inmediata al INSSB (fs. 42 y 46).