Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2005-R
Fecha: 07-Abr-2005
II.3.
II.3. Por nota de 22 de junio de 2004, la Presidente y el Secretario de la Comisión de Ética del Concejo Municipal de Okinawa comunicaron al Concejal Miguel Ángel Olivera Medrano que en la sesión de 21 de ese mes se aprobó la apertura de proceso en su contra (fs. 6), y por informe de 23 del mismo mes, el Secretario de dicha Comisión señaló que procedió a notificar al Concejal Miguel Ángel Olivera Medrano con el Auto de apertura de proceso a horas 11:05 de esa fecha, quien le indicó que firmaría a la conclusión de la sesión de Concejo, pero no lo hizo (fs. 4).