SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0342/2005-R
Fecha: 08-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se ha vulnerado el principio de seguridad jurídica y sus derechos al debido proceso, a dedicarse a cualquier actividad lícita y a la propiedad privada por cuanto dentro del proceso ejecutivo que siguió, el Tribunal de alzada recurrido revocó la Sentencia que fue declarada probada porque el documento base de la acción estaría cuestionado seriamente, pronunciándose sobre aspectos que podrían corresponder a la vía ordinaria, y dejando de lado el objeto y tipo del proceso ejecutivo, de manera forzada admite y valora prueba que en ningún caso enervan la fuerza ejecutiva del título ejecutivo. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica o no, otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1.
- “
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- y la ejecución está subordinada a lo que conste en el documento base de la ejecución, pudiendo esgrimirse en defensa del deudor, únicamente las excepciones permitidas por la ley
- III.6.
- III.7.