SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2005-R

Fecha: 12-Abr-2005

II.3.

II.3.  El 25 de agosto de 2004, el recurrente reiteró su petitorio solicitando Auto motivado que resuelva el incidente promovido (fs. 28 y vta.); el 26 de agosto de 2004 es decretado: “Estése a lo previsto por el art. 286 del Código de procedimiento penal (Decreto Ley 10426)” (fs. 28 vta.). El mismo 25 de agosto, el recurrente solicita complementación y enmienda al Auto de Vista 233/04 (fs. 29 a 30). El 27 de agosto se decreta no ha lugar a lo solicitado (fs. 31).