Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0356/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
II.1.
II.1. El 14 de enero de 2005, Carlos Rocha Adriázola, asignado al caso, informó que a través de una llamada telefónica se les comunicó que en una flota de la empresa “Jenecherú” se habría depositado una bolsa conteniendo en su interior una batería, la cual estaría cargada de droga, siendo su remitente Yerald Méndez y como destinatario en la localidad de San Ignacio de Velasco: Ricardo Arturo Serrate, la cual una vez abierta se pudo establecer que contenía 3.760 g de cocaína (fs. 1 a 2), remitiéndose los antecedentes ante la Fiscal de Sustancias Controladas, quien el 15 de enero de 2005 informó sobre el inicio de la investigación al Juez ahora recurrido (fs. 3).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 7) a solicitar al juez que defina su situación jurídica y califique la legalidad de la aprehensión no dispuesta por él
- no serán susceptibles de convalidación
- convalidar
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR