Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0356/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes afirman que están detenidos ilegalmente, al señalar que funcionarios de la FELCN los aprehendieron sin que exista flagrancia y sin que se les exhiba mandamiento alguno, incurriendo así en actividad procesal defectuosa, que no fue observada por el recurrido como Juez Cautelar en la audiencia de medidas cautelares, al no establecer si se utilizaron o no procedimientos válidos y legales para su detención y si se respetaron sus derechos y garantías, convalidando así tales actos. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 7) a solicitar al juez que defina su situación jurídica y califique la legalidad de la aprehensión no dispuesta por él
- no serán susceptibles de convalidación
- convalidar
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR