SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0362/2005-R
Fecha: 12-Abr-2005
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) la tutela invocada por el recurrente mediante este recurso no es viable porque de acuerdo a la jurisprudencia constitucional, no es un medio para remediar defectos procedimentales y anular obrados como se solicita inadecuadamente sino para la restitución inmediata de la libertad de locomoción o de la libertad física, habiéndose dictado sobre este particular la SC 149/2005-R, de 18 de febrero, que señala que la garantía del debido proceso se encuentra comprendida en la protección que brinda el art. 19 de la CPE y no en el art. 18 de la CPE; b) las pruebas presentadas por el propio recurrente demuestran que las autoridades recurridas al disponer la aprehensión y la detención preventiva actuaron conforme a los arts. 226 y 233 del CPP, pues existe imputación formal ampliada y debidamente fundamentada informada oportunamente a la Jueza cautelar como también notificada al recurrente. Asimismo, existe resolución de la Jueza suficientemente motivada que fue revocada en apelación concediéndose la libertad al recurrente.