SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0401/2005-R
Fecha: 19-Abr-2005
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente, ratificó in extenso los términos de su recurso, y ampliándolos manifestó que la supresión de los derechos de su mandante se demuestra por el tenor de la nota de respuesta que emitió el recurrido, en la que afirma que la solicitud de licencia indefinida se debe considerar como una renuncia; luego afirma que fue una asamblea del pueblo, de 22 de julio de 2004, la que determinó no permitir el retorno de su poderdante; por lo que considera que se vulneran sus derechos al trabajo y a una justa remuneración, consagrados por el art. 7 incs. d) y j) de la CPE; además, no se llevó a cabo proceso interno en contra de su mandante para su suspensión, conforme lo prevén los preceptos del art. 33 de la LM.