SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0417/2005-R
Fecha: 25-Abr-2005
improcedente
La Sentencia de 26 de enero de 2004, cursante de fs. 195 a 196, pronunciada por la Sala Civil Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, con el siguiente fundamento: a) de obrados se evidencia que el Fiscal y el Juez cautelar dieron cumplimiento a la SC 1084/2002-R, de 9 de septiembre; b) el Juez de la causa ha procedido de acuerdo a las normas y ha cumplido lo ordenado en el Auto de Vista de 14 de septiembre de 2004, dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; asimismo, al dictar el Auto de 24 de noviembre de 2004 en el que rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva de Eustaquio Soliz Escobar, procedió conforme a ley y mereció una debida fundamentación, por lo que su “detención preventiva” (sic.) no es ilegal y no ha infringido norma alguna.