Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0439/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega detención indebida, bajo el fundamento que las autoridades recurridas rechazaron indebidamente su solicitud de cesación de su detención preventiva, sin tomar en cuenta que se encuentra detenido por más de 24 meses sin que exista sentencia ejecutoriada pasando por alto lo previsto en el art. 239.3 del CPP. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata. Conforme a esto, solamente una vez agotado tal medio de defensa y ante la persistencia de la lesión, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional, invocando la tutela que brinda el hábeas corpus"
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA