Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0449/2005-R
Fecha: 28-Abr-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que el Vocal recurrido vulneró su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso al haber anulado los sorteos y devuelto el cuaderno procesal al Juzgado de origen arguyendo la inexistencia de la Resolución que se invoca en el recurso de apelación incidental, sin tomar en cuenta que al haber señalado la Resolución 143/2004 en lugar de la correcta, 193/2004, fue un error involuntario que no da lugar a su rechazo. En ese sentido corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.