SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2005-R

Fecha: 28-Abr-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Juez del recurso lo declaró improcedente el hábeas corpus, con los fundamentos siguientes: a) la Resolución impugnada de rechazo de la solicitud de cesación de la detención preventiva, emitida el 31 de marzo de 2005, aún no fue notificada a las partes, teniendo las mismas la posibilidad de ejercer el recurso ordinario de la apelación establecido por el art. 251 del CPP; b) los arts. 193 y 194 de la CPE, protegen la unidad de la familia, siendo concordante con dichos mandatos, el art. 75 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008), extremos que deben ser tomados en cuenta por el Juez recurrido, toda vez que por el probable ilícito se encuentran privados de su libertad el padre y la madre, ésta última dejando totalmente desprotegidos a tres menores, de modo que el recurrido pudo haber considerado dicha garantía y otorgado el beneficio a favor de la recurrente, para que asuma su defensa en estado de libertad.