SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2005-R

Fecha: 28-Abr-2005

III.2.

III.2. Respecto a los hechos que en el caso corresponde analizar, el recurrente expone que en el proceso administrativo interno que la Sumariante de la Aduana Nacional instauro en su contra, por los hechos siguientes: a) haber omitido el decomiso de las mercaderías y el medio de transporte con placa 957-RPY, vulnerando el art. 87 del RLGA; y b) por haber omitido sancionar la falta de presentación y entrega de documentación de soporte a los transportadores internacionales siguientes (incluye una lista) conducta que presumiblemente resultó contraria al art. 95 del RLGA, y al parágrafo I de La RD 01-001-02; la primera acusación fue omitida por la Resolución final del proceso AN-GEGPC-SM 32/2004, por lo que el recurrente supone que no quedó demostrada; mientras que la segunda resultó sancionada; empero, habiendo recurrido en recurso jerárquico, la RA SSC/IRJ/105/2004 dictada por los recurridos, tomó en cuenta hechos no incluidos en la acusación, así como normas legales tampoco aludidas en el Auto inicial del proceso, como los preceptos del Código de Ética de la Aduana Nacional, que regulan el comportamiento del funcionario aduanero.