SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2005-R

Fecha: 12-May-2005

III.5.

III.5. Por lo expuesto precedentemente, se concluye que en aplicación del principio de subsidiaridad, el presente amparo constitucional es improcedente haciendo inviable la concesión de la tutela solicitada, toda vez que el recurrente no hizo uso de los mecanismos procesales de impugnación establecidos por Ley contra el supuesto acto ilegal denunciado y que a su juicio, lesiona los derechos fundamentales invocados; situación que amerita la aplicación de la norma prevista por el art. 96.3 de la LTC, que establece que el recurso de amparo no procederá contra las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso.