Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2005-R
Fecha: 12-May-2005
I.2.3. Intervención de tercero interesado
La Aduana Nacional de Yacuiba, a través de sus abogados y apoderados, en lo pertinente informó que la única intención del recurrente es dilatar el proceso penal y evitar el juicio oral, además existe identidad de objeto sujeto y causa con el recurso de hábeas corpus que mereció la Sentencia Constitucional 1251/2003-R por la que se dispuso se proceda a su notificación con la imputación formal, habiéndose resguardado su derecho a la defensa, por lo que solicitó la declaratoria de improcedencia del recurso.