SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2005-R

Fecha: 24-May-2005

Fragmento 8

En consecuencia, los defectos descritos impiden conocer el fondo del asunto, ya que el recurso de amparo constitucional, ha sido establecido para la protección de los derechos y garantías de las personas, frente a actos ilegales u omisiones indebidas de funcionarios o particulares que las supriman o amenacen restringir, con la exigencia de que el recurrente cumpla con ciertos requisitos, entre ellos la referida a los hechos que le sirven de fundamento del recurso o las razones en las que el recurrente apoya la protección que solicita, que puede estar referido a uno o varios hechos, su calificación jurídica, trasuntada en los derechos o garantías que se consideren vulnerados, ambos elementos orientados al contenido del petitorio o causa petendi, la cual debe estar también revestida de claridad y precisión, a objeto de que la resolución que emita el órgano jurisdiccional que conoce y define el recurso guarde congruencia con lo que se pide.