Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0569/2005-R
Fecha: 24-May-2005
I.2.1. Ratificación del recurso
Con la réplica, manifestó que la Resolución que dictó el Juez vulnera su derecho a la libertad, toda vez que sólo en materia civil no se puede suspender la ejecución de la Sentencia por ningún recurso ordinario ni extraordinario, lo que no está previsto en materia penal, debiendo aplicarse el principio de que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni a privarse de lo que ellas no prohíban.