SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0569/2005-R
Fecha: 24-May-2005
II.7.
II.7. Por memorial presentado el 4 de abril de 2005 ante el Juez recurrido, el actor expresó que al existir un recurso de amparo constitucional pendiente de revisión ante el Tribunal Constitucional, mal se podía ejecutar el mandamiento de condena emitido en su contra, toda vez que la jurisdicción superior arrastra a la inferior. En mérito a lo señalado, y habiéndose ejecutado el mandamiento de condena en su contra, pidió se disponga su libertad irrestricta mientras no exista un pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre el amparo planteado de su parte (fs. 8 y 28). Por decreto de la misma fecha, el Juez recurrido negó lo solicitado toda vez que el fallo dictado en el amparo declaró improcedente el recurso interpuesto (fs. 28 vta.).