SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0570/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0570/2005-R

Fecha: 24-May-2005

II.4.

II.4.    El 31 de enero de 2005, el recurrente reiteró su solicitud de cesación de la medida cautelar personal impuesta (fs. 46), mereciendo el Auto 44/05 de 24 de febrero de 2005 (fs. 10-11), por el cual el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, determinó la continuación de su detención preventiva por no presentar nuevos elementos que puedan determinar que ya no subsisten los fundamentos de la Resolución, bajo los siguientes argumentos: a) la Resolución 124/2004, es clara y se funda en declaraciones de testigos que habrían visto que el imputado Francisco Quispe Callizaya habría golpeado con una pala a la víctima, producto del cual se habría ocasionado entre otros la muerte de la víctima; b) la Resolución concluyó que el actor vigilaba los movimientos de la familia de Altamirano, aspecto que no ha sido desvirtuado con las declaraciones de Severo Sánchez Laime y Casiano Pinto Valero; c) en la audiencia se ha señalado que el actor tiene familia y que tiene un domicilio, pero en definitiva no se desvirtuó los fundamentos de la detención preventiva en cuanto a su comportamiento, además de que la investigación no ha concluido al existir diferentes personas respecto a las cuales no se puede evidenciar quienes en realidad  participaron del hecho.