SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0586/2005-R
Fecha: 31-May-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Dentro del fenecido proceso interdicto de recobrar la posesión que tramitó ante el Juzgado Agrario de Bermejo, se emitió sentencia a su favor, en tal efecto y en cumplimiento de esa Resolución la Jueza Agraria ordenó, mediante Mandamiento de Lanzamiento 01/2004, al Comandante de Frontera Policial de Bermejo que por intermedio de su personal proceda al lanzamiento de la parcela de terreno objeto de la litis; mandamiento que fue presentado el 10 de octubre de 2004 al Comando Policial, sin que hasta la fecha se hubiese ejecutado el mismo, más al contrario aduciendo falta de personal y señalando que es un conflicto social, la citada autoridad se ha rehusado a cumplir la orden judicial.
Señala que su persona no es responsable de la inoperancia de la Policía Nacional ni de la falta de personal en dicha institución y bajo ningún pretexto la Policía puede desobedecer una orden judicial, al contrario debe cumplir con el mandato de la autoridad judicial y brindar seguridad, actividad a la que está llamada por ley, más aún cuando esa orden contiene un mandato que ha sido emitido en forma legal con el respectivo mandamiento, por lo que esa omisión de no cumplir lo ordenado y el hecho de devolver el mandamiento a la autoridad que lo emitió, implican la disposición que tiene la autoridad recurrida de no cumplir con la orden judicial, restringiendo y suprimiendo con ello su derecho a la seguridad jurídica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.2.
- APROBAR