SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0610/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0610/2005-R

Fecha: 03-Jun-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó su demanda señalando que todos los fiscales del proceso ocupan la misma jerarquía y tienen la misma responsabilidad y que la recurrida, en conocimiento de la sentencia absolutoria, es la llamada por ley para hacer entrega de todos los bienes que se encuentran en su poder y que entregó en parte el 28 de octubre de 2004, como consta en acta, remitiéndole para la entrega de los demás bienes a la FELCN, cuando esa entidad esperará la orden de la fiscal para proceder a la devolución solicitada, sin que pueda mantenerse esta situación en forma indefinida ya que mella su dignidad, al margen que la FELCN se encuentra utilizando sus bienes. Por otra parte, pidió se rechace la prueba aportada por la recurrida toda vez que no dirigió el amparo contra DIRCABI, ya que esa entidad previo trámite le entregará los bienes que tiene en su poder.